Nos parece oportuno recordar y compartir la existencia de la Ley Nacional 26485, sancionada en marzo de 2009 para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Sanción que expresa un salto cualitativo en el tratamiento y la mirada sobre esta problemática. En primer lugar por el enfoque de derechos humanos y la inclusión explícita de la comprensión de la misma como violencia de género. Lo que implica reconocer sus causas más profundas: asentadas en la cultura patriarcal, basada en relaciones históricas de poder asimétrico entre los géneros.
La Ley define como modalidades de violencia a la doméstica, institucional, laboral, obstétrica, contra la libertad reproductiva y mediática; que se expresan en cinco cinco tipos de violencias, que son: la física, psicológica, sexual, patrimonial y simbólica. La inclusión de éstas modalidades y tipos suponen una mirada abarcadora de las violencias y reconocen el papel que también le compete a los medios de comunicación, aspecto fundamental a considerar en las sociedades contemporáneas.
En esta situación los principales responsables de aplicar justicia, jueces y fiscales, debieran anoticiarse con mucho más compromiso de la existencia de estos preceptos y aplicarlos con claridad para terminar con el temor de las víctimas y la creciente posibilidad de ser revictimizadas por sus agresores, en una ciudad y una provincia que ha padecido y padece una gran cantidad de crímenes contra las mujeres por su condición de tales.
Marta Vidal, Sec. Adjunta Luis Giannini, Sec. Gral.
CTA Río Negro
No hay comentarios:
Publicar un comentario