martes, 26 de marzo de 2013

Comunicado de Prensa del Comité contra la Tortura

El  Comité Provincial de Evaluación del Seguimiento y Aplicación de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, ante los hechos de violencia que se han producido en el interior de las instalaciones del Establecimiento de Ejecución Penal n° 2 de la ciudad de General roca, se ve en la obligación de denunciar el incumplimiento de  la Ley provincial Nº 4621 (de creación del mecanismo de prevención contra la tortura) y tratados internacionales ratificados por nuestro país, los cuales son obligatorios para los poderes del estado provincial.
El día 14 de marzo, se produjeron disturbios en un pabellón y al acudir al lugar de los hechos, se nos prohibió el ingreso al interior del establecimiento por orden del Director del Servicio Penitenciario Provincial Com. Gustavo Luna y del director del Establecimiento Of. Emilio Martínez, alegado razones de seguridad. Ante nuestra insistencia pudimos ingresar 2 horas después que nos informaron  de la  finalización  y que los heridos fueran trasladados al Penal de la ciudad de Viedma.
A nuestro ingreso,  constatamos una serie de irregularidades tales como el traslado de detenidos en horario nocturno, sin notificación a los defensores ni familiares, lo que está prohibido expresamente por la Ley de Ejecución Penal de la Provincia de Río Negro. Todas ellas pudieron ser evitadas si se hubiera permitido el acceso al Comité.
Cabe aclarar que la presencia del Comité contra la tortura, no solo es una cuestión de observación del cumplimiento de los derechos humanos en los procedimientos donde la seguridad o el orden del establecimiento está en juego, sino y fundamentalmente el organismo cumple una función de GARANTE, ante las posibles violaciones que se puedan suscitar.
Tanto la Convención como el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, aprobados por Ley Nacional Nº 25932 y ratificado por la República Argentina en el año 2006 , ponen especial énfasis en la prevención, mediante un sistema  proactivo de visitas a los lugares de detención, y no en la reacción después de que las violaciones se hayan cometido.
El Comité contra la tortura Provincial tiene como atribución  “acceder a todo lugar de encierro, no pudiendo prohibírsele el ingreso” “   Tendrá derecho a visitar instituciones públicas o privadas sin previo aviso, en días hábiles o inhábiles y en diverso horario en las cuales se sospeche la existencia de prácticas que en estos convenios se trata de erradicar. Podrá realizar esas visitas acompañado por organismos no gubernamentales de derechos humanos o por peritos o por profesionales cuya asistencia se considere necesaria”, o sea siempre que los integrantes lo consideren “OPORTUNO”, está permitido por la ley su ingreso, y este le fue negado categóricamente por las autoridades del Penal de Roca.

Por ello exhortamos a las autoridades del Servicio Penitenciario Provincial para que arbitren las medidas necesarias para que este tipo de hechos no se repitan, y se de estricto cumplimiento a la normativa vigente, entre la que se encuentra la de creación del Comité y sus atribuciones y facultades.



Darío Rubio                                           Emiliano Sanhueza (2984644258)
  Presidente                                              Vicepresidente

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